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Última revisión 4 de noviembre de 2026

Renovación de la autorización

La renovación de la autorización se presenta, en los supuestos revisados, por la sede electrónica Mercurio. La cita de huellas viene después, cuando ya hay resolución favorable. No uses un solo impreso para todos los casos.

El botón abre la web de la Administración en otra pestaña. MiCitas no entra ni rellena nada allí.

A quién va dirigido

Titulares de una autorización temporal que deba renovarse: no lucrativa, trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, entre otras. Cada hoja informativa tiene sus requisitos.

  1. 1

    Lee la hoja de tu autorización

    Las hojas revisadas (cuenta ajena, cuenta propia y no lucrativa, actualización de mayo de 2025 en la no lucrativa) dicen que se presenta por vía telemática en Mercurio.

  2. 2

    Presenta en los dos meses previos

    Esas hojas dicen: durante los dos meses previos a la caducidad. También admiten los tres meses posteriores, sin perjuicio de un posible expediente sancionador. Presentar en plazo prorroga la autorización anterior hasta que resuelvan.

  3. 3

    Paga la tasa 052 de tu epígrafe

    La no lucrativa cita el 790 código 052, epígrafe 2.2.1. La de cuenta propia cita el 052 epígrafe 2.2.3 y además un 790 código 062. No copiamos un importe en euros porque la hoja remite al impreso.

  4. 4

    Con la concesión, pide la TIE

    En las renovaciones de trabajo revisadas, en el plazo de un mes desde la notificación hay que solicitar en persona la tarjeta. Usa la guía de toma de huellas.

Fuentes

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Dudas

Leyes